Novedades normativas: IVA reducido y Garantías

Novedades normativas: IVA reducido y Garantías

En los últimos meses se han producido un número de cambios normativos que afectan al sector de la bicicleta. En esta entrada abordamos la posibilidad de reducir el IVA al sector así como la reforma de la Ley de Defensa de los Consumidores.

Los asociados de AMBE recibirán información más detalladas sobre las últimas actualizaciones así como la situación en los países de nuestro entorno a través de los canales internos de la asociación.

IVA REDUCIDO:

El pasado 7 de diciembre, los ministros de finanzas de la UE acordaron una reforma del IVA a nivel europeo por el que se establecen unas reglas alineadas con las necesidades y objetivos de la UE.

En este sentido, se establece un listado de bienes y servicios a los que se les puede aplicar el IVA reducido. Es decir, solo los bienes y servicios incluidos en esta lista están sujetos a una posible reducción del IVA del 21% al 10% (en el caso de España).

La gran novedad y noticia muy positiva para el sector es que en esta lista se incluye a la bicicleta, la bicicleta eléctrica, la reparación y alquiler de bicicletas, entre otros productos como placas solares y reciclado.

¿Qué efectos puede tener sobre el sector? ¿Cuáles son los plazos?

La incógnita queda abierta. Solo en abril de 2022 este acuerdo será formalizado, después, los estados miembros de la UE tienen libertad de aplicar o no esta medida. Por tanto, no hay fechas seguras.

AMBE ha establecido una campaña para abordar con el Gobierno, grupos políticos y otros agentes sociales la reducción del IVA para el sector, resaltando sus beneficios para el empleo en la industria, los consumidores y la sociedad. Cualquier avance en esta materia será compartida por AMBE con todo el sector a través de sus canales.

DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES (GARANTÍAS)

En cumplimiento con un acuerdo europeo, España ha transpuesto la directiva de la Unión Europea en materia de contratos de compraventa de bienes y de suministro de contenidos o servicios digitales.

El RD 7/2021 por el que se modifica la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que «en el caso de contrato de compraventa de bienes o de suministro de contenidos o servicios digitales suministrados en un acto único o en una serie de actos individuales, el empresario será responsable de las faltas de conformidad que existan en el momento de la entrega o del suministro y se manifiesten en un plazo de tres años desde la entrega en el caso de bienes o de dos años en el caso de contenidos o servicios digitales».

A pesar de que el RD fue publicado en abril de 2021, la nueva regulación en materia de garantías entró en vigor el 1 de enero de 2022, para todos los contratos de compra-venta celebrados a partir de esa fecha.

Respecto a los cambios normativos en el resto de Europa, los asociados de AMBE recibirán información detallada sobre los cambios en España y en los principales países europeos.