24 Jul Las bicicletas eléctricas, excluidas del seguro obligatorio tras la entrada en vigor de la Ley 5/2025
La modificación de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor publicada el 25 de julio de 2025 en el BOE excluye a las bicicletas y bicicletas eléctricas del seguro obligatorio.
La entrada en vigor la Ley 5/2025, de 24 de julio, que modifica tanto el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre), como la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras reaseguradoras confirma que las bicicletas eléctricas quedan excluidas del seguro obligatorio, despejando así las dudas existentes sobre su posible inclusión en dicha obligación.
Una decisión respaldada por AMBE y todo el ecosistema ciclista
Desde la Asociación de Marcas y Bicicletas de España (AMBE) celebramos esta decisión dado que sitúa la normativa estatal respecto al seguro obligatorio en línea con la jurisprudencia y regulación de los países de nuestro entorno, donde la bicicleta eléctrica tiene la consideración de una bicicleta convencional a todos los efectos y el seguro de responsabilidad cicvil no es obligatorio para usuarios de la bicicleta.
«Desde hace años, AMBE, la Mesa Española de la Bicicleta, ConBici y la RedBici hemos trabajado junto a los legisladores para que España siga la estela de Europa en el impulso al uso de la bicicleta como un vehículo saludable, cero emisiones, accesible y que contribuye a una movilidad más segura«, indica Jesús Freire, secretario general de AMBE.
El texto final de la ley recoge que “los ciclos o las bicicletas de pedales con pedaleo asistido equipadas con un motor eléctrico auxiliar de potencia nominal continua máxima inferior o igual a 250 w, cuya potencia disminuya progresivamente y que finalmente se interrumpa antes de que la velocidad del vehículo alcance los 25 km/h o si el ciclista deja de pedalear” no son considerados vehículos personales ligeros y por tanto están excluidos del seguro obligatorio, al igual que las bicicletas o ciclos tradicionales.
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